O estado civil
Los registros del estado civil se introdujeron en algunas regiones italianas a partir de 1806, tras su anexión al Imperio francés y la introducción del Código Civil. Este sistema permaneció vigente hasta la caída de Napoleón en 1815.
En los estados italianos restaurados después de esa fecha, las soluciones adoptadas fueron diferentes. En el antiguo Reino de las Dos Sicilias, que corresponde aproximadamente al actual sur de Italia, el estado civil tiene continuidad desde 1809 en adelante. En Sicilia, no se introdujo hasta 1820.
En el Gran Ducado de Toscana, con la Restauración, se implantó un sistema mixto en el que la autoridad laica recuperaba parcialmente el control del estado civil: con el motu proprio del 18 de junio de 1817 se creó la Oficina del Estado Civil, organismo central dependiente del Secretaría de Derecho Real con funciones de coordinación y supervisión de la labor de los párrocos y cancilleres en materia de estado civil y gestión de los documentos relacionados en el territorio de todo el Gran Ducado de Toscana.
Una copia de los registros elaborados por los párrocos debía enviarse a Florencia a la oficina del registro civil. Lo mismo ocurrió, a partir de 1837, en el Reino de Cerdeña con la introducción del Reglamento para la conservación de los registros destinados a verificar el estado civil, anexo a la carta patente del 20 de junio: esto introdujo la obligación de que los párrocos transmitieran a la Prefectura Tribunales uno de los dos originales de los documentos del estado civil que luego serían entregados a los municipios territorialmente competentes.
Los registros del estado civil comenzaron de forma continua en todas las regiones y provincias sólo después de la unificación de Italia en 1866.
Naturalmente, en las regiones adquiridas por el Reino de Italia después de la Unificación, las series de estado civil comienzan después de 1866: para el Lacio y Roma a partir de 1870, a partir de 1871 en Véneto y Friuli (excepto la zona dejada a los austriacos), en Trentino Alto Adigio y en las restantes provincias del Friuli después de 1918, es decir, al final de la Primera Guerra Mundial.
Los municipios llevan los registros del estado civil, principalmente los certificados de nacimiento, defunción y matrimonio. Se recopilan por duplicado: uno se conserva en el municipio y el otro, hasta 2011, fue entregado al Juzgado competente que, una vez transcurridos los plazos de conservación establecidos por la ley, procede al ingreso en el correspondiente Archivo del Estado.
Hasta 2001, la cuestión del estado civil estaba regulada por el r. d. 9 de julio de 1939, n. 1238, Ordenanza del estado civil. Siguiendo el Decreto presidencial 3 de noviembre de 2000, n. 369 Reglamento para la revisión y simplificación del sistema del estado civil, que entró en vigor el 1 de abril de 2001, la supervisión del mantenimiento del estado civil por parte de los municipios ha sido transferida a las Prefecturas, del mismo modo que desde entonces estaban destinadas a fusionar los segundos originales de los registros.