Solicitud de certificados
Los documentos identificados y eventualmente adquiridos en el Portal no tienen ningún valor jurídico y no pueden ser utilizados para fines legales y administrativos, en particular para las solicitudes de ciudadanía de los descendientes de emigrantes italianos.
La Ley del 13 de junio de 1912, nº. 555 establece que los hijos de padre italiano nacidos en el extranjero obtienen la ciudadanía italiana. Con el nacimiento de la República y la entrada en vigor de la Constitución, tras la sentencia nº. 30/1983 del Tribunal Constitucional, este derecho de descendencia se extendió también a las mujeres. Los emigrantes y descendientes de emigrantes italianos pueden solicitar el reconocimiento de la ciudadanía iure sanguinis en virtud de la Ley de 5 de febrero de 1992, nº. 91. La lista de documentos que deben presentarse se encuentra en la circular K 28.1 de 8 de abril de 1991 del Ministerio del Interior, que incluye el extracto del certificado de nacimiento o de matrimonio de sus antepasados.
Para más información sobre la legislación vigente, consulte el sitio web del Departamento de Asuntos Internos y Territoriales.
Para obtener una copia auténtica de los documentos encontrados en el Portal de los Antepasados, es necesario ponerse en contacto con los Archivos Estatales que conservan los documentos originales.
Las copias auténticas, también conocidas como copias verdaderas del original, son copias de actos de las que un funcionario público autorizado certifica, bajo su propia responsabilidad, que son conformes al original (véase el art. 18 del DPR 445/2000). Tenga en cuenta que las copias certificadas de los documentos administrativos están sujetas al impuesto sobre el timbre, a menos que el uso para el que se solicita la copia (y que debe ser declarado explícitamente por el usuario) se encuentre entre aquellos para los que está prevista la exención. El texto actual del cuadro del anexo B de DPR 26 de octubre de 1972, n. 642 indica los usos para los que se prevé la exención del impuesto sobre actos jurídicos documentados.
Para más información, consulte la sección de Reglamentos.
Asimismo, llamamos su atención sobre el hecho de que los documentos registrales son custodiados por los Ayuntamientos; por este motivo, debe dirigirse directamente a ellos para obtener información y certificados: las direcciones y los contactos pueden encontrarse en la página web de la Asociación Nacional de Municipios Italianos (ANCI) o en la página web Comuni-italiani.it. También es útil visitar la página de Wikipedia Municipios de Italia.
Está en marcha la formación del Registro Nacional de Población Residente (ANPR), que sustituirá a los registros de los 7.978 municipios italianos.
En cuanto a la emisión de copias de las hojas de matrícula:
los datos del material ya pagado a los Archivos Estatales competentes se encuentran en la sección Explora los Archivos, a los que es posible solicitar la expedición de copias.
Para las hojas de matrícula que aún no han sido entregadas a los Archivos Estatales competentes, diríjase a
- en el caso del Ejército, a los Centros documentales de pertenencia (antiguos Distritos Militares), tanto para Oficiales como para Suboficiales y Tropa;
- para la Marina, a la 11ª División de Persomil. situado en viale dell’Esercito 186, 00143 Roma – tel. 06 5170 50153; para Oficiales, Suboficiales y Tropa;
- para el Ejército del Aire, a Persomil 12ª Div., situada en viale dell’Esercito 186, 00143 Roma – tel. 06 5170 50865, para Oficiales y Suboficiales; al “Deposito matricolare” situado en piazza Guerriero Gonzaga 17, 05018 Orvieto, tel. 0763 342811/23 para la tropa;
- para los Carabinieri, a los Centros Documentales competentes, tanto para los Oficiales como para los Suboficiales y la Tropa, o a la Comandancia General del Arma para la documentación más reciente.
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